Impulsa Energía

Bonificación del IBI por placas solares en Madrid

En Madrid, instalar placas solares te da derecho a un descuento del 50% en el IBI durante 5 años, ampliable a 7 con almacenamiento, siempre que cumplas los requisitos de la ordenanza.

Esta bonificación aplica igual en todos los barrios de la capital, como Montecarmelo, Las Tablas o Valdebebas.

Contrastado con la ordenanza fiscal a .

50% 5 años, ampliable a 7 con almacenamiento

  • Pisos incluidos
  • Prórroga baterías
  • Sin tope en €
Contrastado con la ordenanza

A qué inmuebles se aplica

Residencial y no residencial. Inmuebles no sujetos a propiedad horizontal y pisos/locales en división horizontal con instalación compartida (solo los vinculados a la instalación).

Requisitos y límites

Tope anual del 50% del coste de ejecución material y tope global del 95% de ese coste en el conjunto de ejercicios. La prórroga de 2 años por baterías vale también si se añaden después (el tope de la prórroga se calcula solo sobre el coste de las baterías). Requiere título urbanístico previo y que la instalación no sea obligatoria por normativa.

Plazo para solicitarla

En cualquier momento antes de que termine el periodo; efectos desde el ejercicio siguiente. Para disfrutar los 5 años completos, pedirla el mismo año de la inscripción en el registro de autoconsumo.

Bonificación del ICIO en Madrid

95% sobre la parte de la obra destinada a la instalación solar (art. 13 OF ICIO).

Normativa

Art. 13 Ordenanza Fiscal del IBI (Ordenanza 9/2025, BOCM 26/12/2025, vigente 2026) ↗

Novedades

Novedades 2026: prórroga por almacenamiento aunque las baterías se instalen después; flexibilización si la declaración responsable deviene ineficaz y se legaliza luego; autoconsumo en grupos de sociedades. Los 5 años aplican a instalaciones inscritas desde el 01/01/2023.

Otros municipios cercanos

← Ver todos los municipios de Madrid

Información orientativa elaborada a partir de las ordenanzas fiscales vigentes a 16 de septiembre de 2026. Los ayuntamientos las modifican cada año, normalmente entre octubre y diciembre. Antes de contar con un ahorro concreto, revisa la ordenanza enlazada o consúltalo con tu ayuntamiento. No constituye asesoramiento fiscal.