Impulsa Energía

Bonificación del IBI por placas solares en Mora

La ordenanza fiscal de Mora no recoge bonificación del IBI por autoconsumo. Eso no significa que no haya ahorro fiscal: revisa el ICIO y la deducción en el IRPF.

Contrastado con la ordenanza fiscal a .

Sin bonificación

  • Sin bonificación del IBI
  • Sí bonifica a familia numerosa
  • Trámite simplificado desde 2024
  • ICIO sin contrastar
Contrastado con la ordenanza

A qué inmuebles se aplica

La ordenanza del IBI de Mora no contempla ninguna bonificación por energía solar ni por renovables.

Requisitos y límites

El artículo 3 de la ordenanza, que es el de bonificaciones, establece una sola: la de familia numerosa sobre la vivienda habitual, escalonada según el valor catastral del inmueble. En categoría general va del 40% para valores de hasta 50.000 €, al 30% entre 50.001 y 100.000 €, al 20% entre 100.001 y 250.000 € y al 10% por encima de 250.000 €; en categoría especial, del 50%, 40%, 30% y 20% respectivamente. Se aplica de forma rogada, a solicitud del interesado, y solo sobre la cuota de la vivienda habitual. No se ha aplicado el artículo 74.5 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, que es el que permitiría bonificar hasta el 50% por aprovechamiento solar.

El parque de viviendas

Cómo está Mora, según sus certificados energéticos

En 2025 y 2026 se certificaron 109 viviendas en Mora. De las que tienen calificación, un 60,6% está en E, F o G, las tres peores letras de la escala.

A: 15 · B: 5 · C: 9 · D: 14 · E: 50 · F: 8 · G: 8

41,3%sigue con caldera o calefacción eléctrica directa
171,8kWh/m² de demanda media al año

Dicho de otro modo: un 41,3% de las viviendas certificadas de Mora todavía calienta con una caldera, y el Ayuntamiento no bonifica el IBI por cambiarla. La ayuda, aquí, hay que buscarla en el CAE y en las subvenciones autonómicas.

Cómo está Mora comparado con los otros 149 municipios medidos, con la tabla entera y los registros de los tres gobiernos autonómicos.

Fuente: Certificados de Eficiencia Energética de Edificios, Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, certificados de 2025 y 2026. Recuento propio sobre el fichero publicado, cruzado por código INE y con una vivienda por referencia catastral: si se ha certificado dos veces, cuenta la más reciente.

Bonificación del ICIO en Mora

No contrastado. No se ha localizado la ordenanza del ICIO de Mora entre sus anuncios del boletín provincial, así que esta ficha no afirma nada sobre ese impuesto.

Normativa

Artículo 3 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Mora, en la redacción elevada a definitiva y publicada en el BOP de Toledo de 16/12/2019, en vigor desde el 1 de enero de 2020 ↗

Novedades

Mora no rebaja el IBI por poner placas, y conviene decirlo sin rodeos porque es de los municipios grandes de la comarca. Lo que sí tiene es una bonificación de familia numerosa escalonada por valor catastral, de las más detalladas de esta lista, pero no depende de instalar nada. Hay una segunda cosa que sí interesa a quien vaya a instalar, aunque no sea dinero: en agosto de 2024 el Ayuntamiento aprobó una ordenanza de simplificación administrativa que mete expresamente las instalaciones solares —captadores térmicos y paneles fotovoltaicos— entre las que se tramitan por declaración responsable en vez de por licencia, tanto sobre la cubierta del edificio y sus construcciones auxiliares, incluidas las pérgolas de aparcamiento, como en el suelo no edificado de la parcela mientras no ocupe más del 40% de su superficie. Eso ahorra semanas de espera, que en una instalación cuenta. Sobre el alcance de la comprobación: se han leído los 299 anuncios que el Ayuntamiento de Mora tiene publicados en el boletín provincial entre 2009 y 2026, y los doce que son ordenanzas fiscales. Ninguno recoge una bonificación por energía en el IBI. Desde 2020 el Ayuntamiento ha seguido modificando ordenanzas fiscales —basuras, aguas, saneamiento, precios públicos— pero ninguna del impuesto sobre bienes inmuebles.

Otros municipios cercanos

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Información orientativa elaborada a partir de las ordenanzas fiscales vigentes a 16 de septiembre de 2026. Los ayuntamientos las modifican cada año, normalmente entre octubre y diciembre. Antes de contar con un ahorro concreto, revisa la ordenanza enlazada o consúltalo con tu ayuntamiento. No constituye asesoramiento fiscal.