Esta calculadora estima el ahorro energético certificable —en kilovatios hora al año, y su equivalente en euros— que genera sustituir un coche de combustión o híbrido por uno eléctrico puro. Es la actuación que recoge la ficha TRA050 del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) del MITECO. El resultado es orientativo: el importe real depende del ahorro certificado, de la documentación que se aporte y del precio de mercado del CAE en el momento de la venta.
ContáctanosPor qué hay dos fichas y cuál te toca
El catálogo no tiene una ficha para esta actuación, sino dos, y no son intercambiables. La TRA050.P cubre la sustitución «realizada por una persona física sin actividad económica». La TRA050.E, la que hacen «entidades privadas o públicas», y es también la que corresponde a un autónomo que usa el coche para su actividad.
La diferencia no es de trámite: es de dinero. La ficha de particulares aplica un factor de ponderación por la antigüedad del coche que se sustituye y la de empresas no. Con el mismo vehículo y los mismos kilómetros, un particular con un coche de más de treinta años cobra un 30 % más que una empresa en idéntica situación. Cambian además las categorías admitidas: la .P alcanza a M1, M2, N1 y L, mientras que la .E incluye también M3, N2 y N3.
Cómo se calcula el ahorro certificable
Ojo, porque esto va del coche, no del cargador: el punto de recarga doméstico —el EV charger o wallbox de los catálogos— se ayuda por otra vía, la deducción del IRPF. La fórmula compara lo que consumía el coche viejo con lo que consume el nuevo, y multiplica esa diferencia por los kilómetros que se recorren al año:
AETOTAL = [((CVA · f) − CVN) / 100] × L × Fp
CVA es el consumo del vehículo antiguo en litros a los 100 km y CVN el del nuevo en kWh a los 100 km. Como uno está en litros y el otro en kilovatios hora, hace falta f, el factor de conversión que fija la propia ficha: 9,19 kWh por litro de gasolina, 10 kWh por litro de diésel, 7,16 en GLP y 13,33 kWh por kilo de gas natural. L son los kilómetros anuales y Fp, el factor de antigüedad, que solo entra en la ficha de particulares.
Un detalle que se escapa a menudo: un híbrido reposta el mismo combustible que un coche convencional, así que le aplica el mismo factor de conversión. Lo que cambia es el consumo, no el factor.
De dónde sale el consumo de tu coche antiguo
No lo eliges tú. Para turismos M1 de gasolina o diésel y sus híbridos, la ficha impone el valor de su tabla. Para el resto, el consumo se busca en la base de datos del IDAE identificando marca, modelo y potencia en CV del vehículo antiguo.
Solo si el coche no aparece en el IDAE se acude a la tabla de referencia del Anexo I: 7,89 L/100 km en un turismo de gasolina, 6,88 en diésel, 6,45 en GLP, 4,88 en gas natural, 5,97 en híbrido de gasolina y 5,83 en híbrido diésel. Para furgonetas N1 son 7,05 y 5,63. Y si tampoco figura ahí, hay que aportar la documentación de homologación.
Por eso la calculadora aplica valores de referencia: sirven para hacerse una idea, pero el expediente se resuelve con el dato oficial de tu vehículo, que puede ser mayor o menor.
Los kilómetros que cuentan
El Anexo II fija los kilómetros medios del parque según la DGT de 2024: 12.295 al año para un turismo, 14.666 para una furgoneta, 2.965 para una motocicleta y 2.098 para un ciclomotor. Son los que aplica la calculadora por defecto.
Pero se pueden justificar los reales, y compensa si haces bastantes más, porque el ahorro crece en proporción directa. Se acreditan con las últimas ITV. Si no cuadran, se anualiza la diferencia entre dos inspecciones consecutivas; y si no hay ninguna ITV, se calcula desde la matriculación hasta la factura de sustitución, con los kilómetros del odómetro reflejados en el contrato de venta.
El factor de antigüedad, que solo tienen los particulares
El Anexo III premia sacar de la carretera los coches más viejos. A partir de los diez años el ahorro certificable se multiplica: ×1,1 entre 10 y 15 años, ×1,15 entre 15 y 20, ×1,2 entre 20 y 25, ×1,25 entre 25 y 30 y ×1,3 por encima de los treinta. Por debajo de diez años no hay factor.
En vehículos importados, el décimo carácter del número de bastidor identifica el año de fabricación, que es lo que se usa para situar el coche en el tramo.
Los requisitos que más expedientes tumban al tramitar el CAE
El cálculo es la parte fácil. Lo que deja fuera a la gente son las condiciones, y conviene revisarlas antes de contar con el dinero.
El coche sustituido debe haber estado en tu propiedad más de dos años. Tiene que haber tenido la ITV en vigor al menos nueve de los últimos doce meses anteriores a la sustitución. La venta o el desguace debe caer entre tres meses antes y seis después de comprar el eléctrico. El vehículo nuevo no puede haber sido beneficiario del sistema CAE con anterioridad. Y la sustitución tiene que hacerse por un vehículo de la misma categoría, tipo y código de uso que el que se retira.
Queda excluido, además, el vehículo declarado siniestro o sin permiso de circulación vigente. Y en la ficha de empresas no valen las transmisiones entre sociedades del mismo grupo ni, tratándose de autónomos, entre convivientes.
Qué documentación hace falta para solicitar el CAE
Para acreditar que el coche era tuyo, el permiso de circulación o los dos últimos recibos del IVTM. Para acreditar que ya no lo es, el certificado de destrucción, la solicitud de cambio de titularidad registrada en la DGT o el certificado de baja por exportación. Si hubo renting o leasing, además el contrato y el acta de entrega.
Del vehículo nuevo, la factura de compra y su permiso de circulación. Y la ficha técnica de ambos coches cuando el consumo no aparezca en la base del IDAE.
Quién compra el CAE de tu coche eléctrico, y por qué
El sistema CAE obliga a las comercializadoras de energía a acreditar cada año un ahorro determinado. Pueden conseguirlo financiando actuaciones o comprando certificados a quien ya las ha hecho. Tu cambio de coche genera un ahorro real y certificable, y ese certificado tiene comprador en el mercado. De ahí sale el dinero: no es una subvención ni sale de los presupuestos, por eso es compatible con las ayudas públicas.
Preguntas frecuentes sobre el Certificado de Ahorro Energético del coche eléctrico
¿Hay plazo?
Sí. Tienes que haberte deshecho del coche antiguo como mucho 3 meses antes o 6 meses después de matricular el eléctrico. Cuenta la fecha del permiso de circulación del nuevo y la del cambio de titularidad formalizado en la DGT del antiguo. Es el motivo más habitual por el que un expediente se cae, y muchas veces el retraso no depende de ti, sino de la gestoría o del concesionario.
Compré el coche a nombre de mi empresa. ¿Cambia algo?
Cambia la ficha entera. La TRA050.P es solo para personas físicas sin actividad económica; si el vehículo va a nombre de una sociedad, de una entidad pública o lo usas para tu actividad como autónomo, se tramita por la TRA050.E. Los requisitos son distintos y, sobre todo, la .E no aplica el factor de ponderación por antigüedad, así que para el mismo coche el importe sale menor.
¿Vale un híbrido enchufable como coche nuevo?
No. La actuación exige que el vehículo nuevo sea eléctrico puro. Los híbridos sí cuentan, pero del otro lado: el título de la ficha dice «sustitución de un vehículo de combustión o híbrido», así que si el coche que dejas es híbrido, entra sin problema.
El coche antiguo lo tenía en renting. ¿Puedo cobrar el CAE?
En la TRA050.E sí, con una condición: tienes que haber figurado como arrendatario en el contrato de renting del vehículo sustituido y haberlo usado más de dos años. Es la excepción expresa al requisito de que ambos vehículos sean propiedad de la misma entidad.
¿Se puede cobrar el CAE y la ayuda del Programa Auto+?
Sí, son dos cosas distintas y compatibles. El CAE lo paga el mercado por el ahorro energético que genera la sustitución; el Auto+ es una ayuda del Ministerio por comprar el vehículo. Lo que sí conviene revisar es la concurrencia con otras subvenciones autonómicas, porque la regla general es que un mismo ahorro no se financie dos veces.
No encuentro mi coche antiguo en la base de datos del IDAE.
La ficha lo prevé. Si no aparece, se aplica el consumo de referencia de la tabla del Anexo I según categoría y combustible: 7,89 L/100 km para un turismo de gasolina, 6,88 en diésel, 5,97 en híbrido de gasolina y 5,83 en híbrido diésel. Y si tampoco figura ahí, hay que aportar la documentación técnica de homologación del consumo.
¿Tengo que justificar los kilómetros que hago al año?
No necesariamente. Puedes acogerte al estándar del Anexo II, que para un turismo son 12.295 km al año según el parque de la DGT de 2024. Si tus kilómetros reales son bastantes más, compensa justificarlos con las dos últimas ITV, porque el ahorro certificable crece en proporción directa.
¿Por qué a mi vecino le salió más que a mí con el mismo coche?
Lo más habitual es la antigüedad. El Anexo III pondera el ahorro al alza según los años del vehículo sustituido: ×1,1 a partir de los diez años y hasta ×1,3 por encima de los treinta. Con el mismo coche nuevo y los mismos kilómetros, sustituir un coche de 1995 da un 30 % más que sustituir uno de 2018. Ese factor, además, solo existe en la ficha de particulares.
¿Por qué la cifra de la calculadora no es la definitiva?
Es una estimación con valores de referencia. El importe real depende del consumo oficial del coche antiguo y de sus kilómetros, que comprobamos con la ficha técnica y las hojas de ITV.
¿Cuánto suele salir el CAE de un turismo?
Entre 1.100 y 1.200 € en la mayoría de los casos, aunque depende del combustible del coche antiguo y de su antigüedad: a partir de los diez años el importe sube.
¿Me vale el permiso de circulación provisional?
No, tiene que ser el definitivo.
¿Qué pasa con la ITV del coche antiguo?
Tiene que haber estado en vigor al menos nueve de los doce meses anteriores a la sustitución. Es un requisito de la ficha y deja fuera a bastante gente.
