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Bonificación del IBI por placas solares en San Martín de la Vega

En San Martín de la Vega, instalar placas solares te da derecho a un descuento del 50% en el IBI durante 4 años, siempre que cumplas los requisitos de la ordenanza.

Contrastado con la ordenanza fiscal a .

50% 4 años

  • Tope 500 €/año
  • Potencia según m²
  • Domiciliación obligatoria
Contrastado con la ordenanza

A qué inmuebles se aplica

Solo bienes inmuebles con destino o uso residencial.

Requisitos y límites

Tope de 500 € al año. Los módulos fotovoltaicos necesitan declaración de conformidad europea, y la potencia de los paneles —no la del inversor— debe alcanzar un mínimo que depende de la superficie construida según catastro: 1,5 kW hasta 100 m², 2 kW de 100 a 200 m², 2,5 kW de 200 a 300 m² y 3 kW por encima de 300 m². El cumplimiento lo acredita la Junta de Gobierno Local. No se concede si la instalación es obligatoria por prescripción legal, ni si el inmueble o el solicitante tienen deudas en periodo ejecutivo. Obliga a domiciliar el impuesto y a mantenerlo domiciliado durante los cuatro ejercicios.

Cuánto se ahorra en San Martín de la Vega

Depende de lo que pagues de IBI. Con la bonificación de este municipio y los 4 ejercicios que dura, así queda:

Si tu recibo del IBI esAhorras al añoTotal en 4 años
400 € 200 € 800 €
700 € 350 € 1.400 €
1.100 € 500 € (tope) 2.000 €

Cálculo orientativo sobre la cuota íntegra del IBI, aplicando el 50% con el tope de 500 € al año que fija la ordenanza. A partir de un recibo de 1.000 € el tope ya no deja crecer la bonificación, así que por encima de esa cifra se ahorra siempre 500 € al año. Tu recibo real lo tienes en el último pago del impuesto.

Plazo para solicitarla

Surte efecto en el ejercicio siguiente a aquel en que se solicita y se disfruta durante los cuatro periodos impositivos posteriores, siempre que se mantengan las condiciones que justificaron la concesión.

El parque de viviendas

Cómo está San Martín de la Vega, según sus certificados energéticos

En 2025 y 2026 se certificaron 402 viviendas en San Martín de la Vega. De las que tienen calificación, un 52,2% está en E, F o G, las tres peores letras de la escala.

A: 31 · B: 18 · C: 61 · D: 82 · E: 133 · F: 31 · G: 46

53,7%sigue con caldera o calefacción eléctrica directa
169,9kWh/m² de demanda media al año
50%es lo que San Martín de la Vega bonifica del IBI, 4 años

Dicho de otro modo: en San Martín de la Vega hay un 53,7% de viviendas certificadas que todavía calientan con caldera, y cambiarla por una bomba de calor da derecho al CAE y a la bonificación municipal del IBI: 50% durante 4 años.

Situado entre los demás: de los 352 municipios medidos, San Martín de la Vega ocupa el puesto 256 por viviendas en las tres peores letras , y el puesto 198 de 272 por viviendas que siguen con caldera. Cuanto más bajo el puesto, peor está el parque y más hay por hacer.

Cómo está San Martín de la Vega comparado con los otros 149 municipios medidos, con la tabla entera y los registros de los tres gobiernos autonómicos.

Fuente: Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios, Comunidad de Madrid, certificados de 2025 y 2026. Recuento propio sobre el fichero publicado, cruzado por código INE y con una vivienda por referencia catastral: si se ha certificado dos veces, cuenta la más reciente.

Bonificación del ICIO en San Martín de la Vega

50%, según el registro de autoconsumo de la Fundación Renovables actualizado a julio de 2026, sin aplicación cuando la instalación sea obligatoria por normativa. La modificación del ICIO publicada junto a esta ordenanza solo afecta a la base imponible, así que el dato no está contrastado con su artículo de bonificaciones.

Normativa

Art. 6.º Ordenanza Fiscal del IBI, en la redacción de la modificación aprobada definitivamente el 09/09/2024 (BOCM núm. 229, de 25/09/2024), en vigor desde el 1 de enero de 2025 ↗

Novedades

La potencia mínima se mide en los paneles y no en el inversor, y sube con los metros construidos en catastro: de 1,5 kW hasta 100 m² a 3 kW por encima de 300 m². La ordenanza los escribe como «kWh», que es un error de redacción del texto oficial: son kilovatios de potencia, no de energía. Y hay una condición fácil de pasar por alto: el recibo debe estar domiciliado y seguir estándolo los cuatro años, o se pierde la bonificación.

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Información orientativa elaborada a partir de las ordenanzas fiscales vigentes a 16 de septiembre de 2026. Los ayuntamientos las modifican cada año, normalmente entre octubre y diciembre. Antes de contar con un ahorro concreto, revisa la ordenanza enlazada o consúltalo con tu ayuntamiento. No constituye asesoramiento fiscal.