Bonificación del IBI por placas solares en San Martín de la Vega
En San Martín de la Vega, instalar placas solares te da derecho a un descuento del 50% en el IBI durante 4 años, siempre que cumplas los requisitos de la ordenanza.
Contrastado con la ordenanza fiscal a .
50% 4 años
Contrastado con la ordenanzaA qué inmuebles se aplica
Solo bienes inmuebles con destino o uso residencial.
Requisitos y límites
Tope de 500 € al año. Los módulos fotovoltaicos necesitan declaración de conformidad europea, y la potencia de los paneles —no la del inversor— debe alcanzar un mínimo que depende de la superficie construida según catastro: 1,5 kW hasta 100 m², 2 kW de 100 a 200 m², 2,5 kW de 200 a 300 m² y 3 kW por encima de 300 m². El cumplimiento lo acredita la Junta de Gobierno Local. No se concede si la instalación es obligatoria por prescripción legal, ni si el inmueble o el solicitante tienen deudas en periodo ejecutivo. Obliga a domiciliar el impuesto y a mantenerlo domiciliado durante los cuatro ejercicios.
Plazo para solicitarla
Surte efecto en el ejercicio siguiente a aquel en que se solicita y se disfruta durante los cuatro periodos impositivos posteriores, siempre que se mantengan las condiciones que justificaron la concesión.
Bonificación del ICIO en San Martín de la Vega
50%, según el registro de autoconsumo de la Fundación Renovables actualizado a julio de 2026, sin aplicación cuando la instalación sea obligatoria por normativa. La modificación del ICIO publicada junto a esta ordenanza solo afecta a la base imponible, así que el dato no está contrastado con su artículo de bonificaciones.
Normativa
Novedades
La potencia mínima se mide en los paneles y no en el inversor, y sube con los metros construidos en catastro: de 1,5 kW hasta 100 m² a 3 kW por encima de 300 m². La ordenanza los escribe como «kWh», que es un error de redacción del texto oficial: son kilovatios de potencia, no de energía. Y hay una condición fácil de pasar por alto: el recibo debe estar domiciliado y seguir estándolo los cuatro años, o se pierde la bonificación.
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Información orientativa elaborada a partir de las ordenanzas fiscales vigentes a 16 de septiembre de 2026. Los ayuntamientos las modifican cada año, normalmente entre octubre y diciembre. Antes de contar con un ahorro concreto, revisa la ordenanza enlazada o consúltalo con tu ayuntamiento. No constituye asesoramiento fiscal.