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Bonificación del IBI por placas solares en Venturada

En Venturada, instalar placas solares te da derecho a un descuento del 30% en el IBI durante 3 años, siempre que cumplas los requisitos de la ordenanza.

Contrastado con la ordenanza fiscal a .

30% 3 años

  • 30% tres años
  • Mínimo 4 m² de captación
  • Solicitar antes del 1 de febrero
Contrastado con la ordenanza

A qué inmuebles se aplica

Edificaciones cuyo uso sea residencial según los usos que fija la normativa catastral para la valoración de las construcciones. Si el inmueble está en régimen de propiedad horizontal y la instalación es para toda la comunidad, la bonificación se reparte entre los propietarios según su cuota de participación.

Requisitos y límites

Hace falta tener instalado un mínimo de 4 m² de superficie de apertura de captación solar, y que la instalación sea voluntaria y no responda a una obligación de la normativa vigente en la fecha en que se hizo. Hay una condición administrativa que conviene no dar por hecha: el inmueble debe estar correctamente incorporado al censo catastral o, en su defecto, haberse presentado la declaración de alteración catastral. El importe bonificado cada año no puede superar el 33% del coste total de la instalación.

Cuánto se ahorra en Venturada

Depende de lo que pagues de IBI. Con la bonificación de este municipio y los 3 ejercicios que dura, así queda:

Si tu recibo del IBI esAhorras al añoTotal en 3 años
400 € 120 € 360 €
700 € 210 € 630 €
1.100 € 330 € 990 €

Cálculo orientativo sobre la cuota íntegra del IBI, aplicando el 30%. La ordenanza limita además la bonificación al 33% del coste de la instalación: para una instalación de 6.000 €, eso son 1.980 € al año. A partir de un recibo de 6.600 € el tope ya no deja crecer la bonificación, así que por encima de esa cifra se ahorra siempre 1.980 € al año. Tu recibo real lo tienes en el último pago del impuesto.

Plazo para solicitarla

Rogada, y con fecha de corte: hay que solicitarla antes del 1 de febrero de cada año para que se aplique en ese mismo ejercicio y en los que resten hasta completar los tres. Los tres años se cuentan desde el periodo impositivo siguiente al de la fecha de instalación. A la solicitud hay que acompañar la documentación que identifique el inmueble, con su referencia catastral o copia del recibo del IBI.

El parque de viviendas

Cómo está Venturada, según sus certificados energéticos

En 2025 y 2026 se certificaron 87 viviendas en Venturada. De las que tienen calificación, un 40,2% está en E, F o G, las tres peores letras de la escala.

A: 19 · B: 8 · C: 15 · D: 10 · E: 29 · F: 2 · G: 4

56,8%sigue con caldera o calefacción eléctrica directa
177kWh/m² de demanda media al año
30%es lo que Venturada bonifica del IBI, 3 años

Dicho de otro modo: en Venturada hay un 56,8% de viviendas certificadas que todavía calientan con caldera, y cambiarla por una bomba de calor da derecho al CAE y a la bonificación municipal del IBI: 30% durante 3 años.

Situado entre los demás: de los 352 municipios medidos, Venturada ocupa el puesto 322 por viviendas en las tres peores letras , y el puesto 171 de 272 por viviendas que siguen con caldera. Cuanto más bajo el puesto, peor está el parque y más hay por hacer.

Cómo está Venturada comparado con los otros 149 municipios medidos, con la tabla entera y los registros de los tres gobiernos autonómicos.

Fuente: Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios, Comunidad de Madrid, certificados de 2025 y 2026. Recuento propio sobre el fichero publicado, cruzado por código INE y con una vivienda por referencia catastral: si se ha certificado dos veces, cuenta la más reciente.

Bonificación del ICIO en Venturada

No contrastado: el documento leído es la modificación de la ordenanza del IBI, no la del ICIO.

Normativa

Art. 4 de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, modificación elevada a definitiva y publicada íntegra en el BOCM de 22/02/2022 ↗

Novedades

Venturada bonifica un 30% durante tres años, con el tope anual en el 33% del coste de la instalación. La ordenanza tiene una particularidad que conviene leer con cuidado: el artículo se titula «bonificación para instalación de sistemas de aprovechamiento eléctrico de la energía solar», pero el requisito que exige son 4 m² de superficie de apertura de captación, que es una medida pensada para la solar térmica y no para la fotovoltaica, donde lo habitual es pedir kilovatios. En la práctica una instalación fotovoltaica doméstica supera esos 4 m² sin esfuerzo, pero merece la pena confirmarlo en el Ayuntamiento antes de presentar. Dos avisos más. El plazo es el 1 de febrero, no el 31 de diciembre como en otros municipios. Y exige que el inmueble esté bien dado de alta en el catastro: si hay una obra sin declarar, eso hay que resolverlo antes. Para comunidades de propietarios, la bonificación se reparte según la cuota de participación.

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Información orientativa elaborada a partir de las ordenanzas fiscales vigentes a 16 de septiembre de 2026. Los ayuntamientos las modifican cada año, normalmente entre octubre y diciembre. Antes de contar con un ahorro concreto, revisa la ordenanza enlazada o consúltalo con tu ayuntamiento. No constituye asesoramiento fiscal.