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Bonificación del IBI por placas solares en Solana de Ávila

En Solana de Ávila, instalar placas solares te da derecho a un descuento del 10% en el IBI, siempre que cumplas los requisitos de la ordenanza.

Contrastado con la ordenanza fiscal a .

10% Sin plazo fijado

  • 10% del IBI
  • Sin plazo fijado
  • Solo para viviendas
  • Sin requisitos técnicos añadidos
Contrastado con la ordenanza

A qué inmuebles se aplica

Bienes inmuebles destinados a viviendas en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo.

Requisitos y límites

La ordenanza solo condiciona la bonificación a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores con la homologación de la Administración competente. No pide proyecto, ni declaración de técnico, ni un porcentaje mínimo de cobertura, al contrario que otras de la provincia.

Plazo para solicitarla

La ordenanza no fija plazo de solicitud ni número de ejercicios, de modo que conviene preguntar en el Ayuntamiento cómo lo están aplicando.

De Solana de Ávila solo hay 23 viviendas certificadas en 2025 y 2026, muy pocas para dar porcentajes sin aparentar una precisión que el dato no tiene. El umbral de esta casa son 25. En cuanto se llegue, aquí estará cómo es su parque de viviendas; mientras tanto, así están los municipios de alrededor.

Bonificación del ICIO en Solana de Ávila

No contrastado: el documento leído es la ordenanza del IBI y no la del ICIO.

Normativa

Art. 3, letra f) de la Ordenanza Fiscal reguladora del IBI, dictada al amparo del artículo 74.5 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales. Aprobación definitiva publicada en el BOP de Ávila nº 211 de 2 de noviembre de 2022 ↗

Novedades

Solana de Ávila bonifica el 10% de la cuota del IBI a las viviendas con aprovechamiento solar para autoconsumo. Es un porcentaje modesto, pero la ordenanza tiene dos virtudes que no son habituales: no pone plazo de caducidad y no añade requisitos técnicos propios más allá de que los colectores térmicos estén homologados. Ni porcentaje mínimo de cobertura, ni proyecto visado, ni ventana de solicitud. Lo que sí hace es acotar el destino: tiene que ser un inmueble destinado a vivienda. La misma ordenanza recoge, además, una bonificación de hasta el 90% para inmuebles urbanos situados en núcleos del municipio con menos servicios o equipamientos que el casco consolidado, que no tiene nada que ver con la energía pero que en un municipio como este puede pesar bastante más.

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Información orientativa elaborada a partir de las ordenanzas fiscales vigentes a 16 de septiembre de 2026. Los ayuntamientos las modifican cada año, normalmente entre octubre y diciembre. Antes de contar con un ahorro concreto, revisa la ordenanza enlazada o consúltalo con tu ayuntamiento. No constituye asesoramiento fiscal.